Para analizar el nuevo Régimen Penal Juvenil en Mendoza hay que separar tres cuestiones que suelen mezclarse en el debate público: la responsabilidad penal de los adolescentes, la respuesta del Estado frente al delito y las condiciones sociales que intervienen en la delincuencia juvenil.
En Mendoza, además, el debate tiene una dimensión política concreta: la presión social por la inseguridad, la demanda de respuestas rápidas y la discusión sobre quién debe hacerse cargo de los costos de la prevención y de la reinserción.
¿Qué cambia?
La Ley provincial 9735 fue promulgada y publicada el 8 de octubre de 2026. Adapta la Justicia mendocina al régimen nacional de la Ley 27.801, que establece responsabilidad penal desde los 14 años.
Responsabilidad penal desde los 14 años: No significa que todos reciban prisión.
Justicia especializada: Se crea un procedimiento penal juvenil específico, con jueces, fiscales y defensores especializados, plazos definidos y resguardo de la identidad de los adolescentes.
Alternativas al encierro: Se contemplan supervisión territorial, programas socioeducativos, permanencia domiciliaria supervisada, monitoreo electrónico y mecanismos de justicia restaurativa.
Educación y reinserción: El sistema debe contemplar escolarización, formación profesional, capacitación laboral y seguimiento para facilitar la reintegración social.
La distinción más importante es esta: bajar la edad de responsabilidad penal no equivale a establecer que todo adolescente que delinque va a ir preso. La detención preventiva y las sanciones privativas de libertad tienen requisitos específicos.
Argumento a favor: terminar con la sensación de impunidad
La defensa política del nuevo régimen parte de una demanda social comprensible: cuando un adolescente participa en un delito grave, la sociedad espera que exista una respuesta judicial efectiva.
El Gobierno de Alfredo Cornejo resumió su posición con la idea de que la edad no puede significar impunidad.
Este planteo tiene fuerza política porque responde a una preocupación real. Pero hay una diferencia entre reconocer el derecho de las víctimas a obtener justicia y suponer que el endurecimiento penal, por sí solo, va a reducir el delito.
Ampliar la capacidad de sancionar no garantiza que disminuyan los delitos.
Principal riesgo: confundir castigo con solución
El problema aparece cuando el debate se concentra en la edad de imputabilidad y deja en segundo plano las condiciones necesarias para que el sistema funcione.
Un adolescente que comete un delito debe responder por sus actos. Pero esa responsabilidad no elimina la obligación estatal de comprender su situación, garantizar sus derechos y evitar que vuelva a delinquir.
Hay cuatro riesgos que merecen especial atención.
La cárcel como escuela del delito: Si el encierro reúne adolescentes con trayectorias delictivas distintas sin programas educativos y acompañamiento suficientes, puede fortalecer los vínculos criminales en lugar de desarmarlos. El desafío es que los centros especializados no se conviertan en depósitos de jóvenes.
La criminalización temprana: Incorporar a adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal implica intervenir en una etapa de desarrollo en la que todavía son fundamentales la educación, la contención y la construcción de la identidad. La respuesta judicial debe ser proporcional a la gravedad del hecho y a las circunstancias individuales.
La desigualdad social: Existe el peligro de que el sistema actúe con mayor intensidad sobre los adolescentes pobres, que tienen menos recursos para defenderse, sostener una escolaridad o acceder a redes de contención. Por eso son fundamentales la defensa técnica y el control judicial.
La reincidencia: Una sanción puede apartar temporalmente a un adolescente de la calle, pero si al salir vuelve al mismo entorno, sin educación, tratamiento de adicciones cuando sea necesario, oportunidades laborales ni acompañamiento, el problema puede reaparecer.
Estos riesgos no significan que deba renunciarse a la sanción. Significan que la sanción debe formar parte de una política de seguridad más amplia.
El punto crítico: los recursos para implementar la Ley
Esta es, a mi juicio, una de las preguntas más importantes.
El 5 de octubre, la Comisión Bicameral de Seguridad de la Legislatura recorrió la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil y planteó la necesidad de inversiones graduales en infraestructura y recursos humanos para adaptar el sistema.
En esa visita se informó que el organismo alojaba a 47 adolescentes en una capacidad de 85 plazas. También se mencionó la existencia de 120 operadores que trabajan por turnos. Es una fotografía inicial del sistema, no una garantía de que la infraestructura y el personal alcancen para todas las exigencias nuevas.
El dilema presupuestario es evidente: si el Estado incorpora a más jóvenes al sistema penal, pero no fortalece los dispositivos de educación, atención y reinserción, puede terminar financiando el encierro sin resolver las causas de la reincidencia.
Cuidado con los datos
El 12 de octubre se difundió un primer relevamiento del Ministerio Público Fiscal: entre el 5 de septiembre y el 2 de octubre se registraron 19 adolescentes imputados en Mendoza; 9 casos (47%), estaban relacionados directamente con los cambios introducidos por la nueva legislación. 4 de esos 9 adolescentes tenían 14 o 15 años y cinco tenían entre 16 y 17.
Estos números son relevantes para conocer el comienzo de la aplicación de la norma, pero no permiten determinar si aumentó o disminuyó la delincuencia juvenil.
La dimensión política: Cornejo y la disputa por la seguridad
El nuevo régimen también tiene una lectura política. En un escenario donde la inseguridad ocupa un lugar central en la preocupación ciudadana, la puesta en marcha de una ley de este tipo permite al Gobierno provincial mostrar capacidad de respuesta, alineamiento institucional con la política nacional y una decisión concreta frente a los delitos cometidos por adolescentes.
Sin embargo, hay una diferencia entre promulgar una ley y demostrar que funciona.
El riesgo comunicacional para el oficialismo es convertir la baja de la edad de imputabilidad en una promesa implícita de mayor seguridad inmediata. La delincuencia es un fenómeno complejo y no existe evidencia suficiente, a partir de los datos iniciales de Mendoza, para afirmar que la nueva norma por sí sola vaya a reducirla.
El desafío para la oposición tampoco debería limitarse a rechazar el endurecimiento penal: tendría que plantear alternativas verificables, mecanismos de prevención y controles sobre el presupuesto y los resultados.
No celebrar de antemano
El nuevo régimen tiene elementos institucionales relevantes: establece procedimientos específicos, refuerza la intervención especializada, prevé alternativas al encierro y fija objetivos educativos y de reinserción. Esos componentes pueden contribuir a una respuesta judicial más ordenada si se implementan adecuadamente.
Pero la reducción de la edad penal no resuelve por sí misma la violencia juvenil, las redes de explotación, el reclutamiento por organizaciones criminales, los consumos problemáticos ni la exclusión educativa.
Una política seria tiene que sostener simultáneamente dos principios: el adolescente que comete un delito debe asumir las consecuencias de sus actos, y el Estado debe impedir que esa intervención penal se transforme en una fábrica de reincidencia.
La pregunta decisiva para Mendoza no es solamente cuántos adolescentes pueden ser imputados desde ahora. Es cuántos delitos se evitan, cuántas víctimas reciben una respuesta efectiva y cuántos jóvenes logran salir del circuito delictivo.
Si el Gobierno consigue resultados en esos tres frentes, el régimen podrá mostrar su utilidad. Si solo aumentan las detenciones sin mejorar la prevención y la reinserción, habrá cambiado la respuesta penal, pero no necesariamente la realidad de la inseguridad.
Te la sigo el lunes que viene…
